Artículo 85: Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de vigilancia del mercado

Artículo 85 — Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de vigilancia del mercado. Confidencialidad y sanciones.

Sin perjuicio de otras vías administrativas o judiciales de recurso, toda persona física o jurídica que tenga motivos para considerar que se ha infringido lo dispuesto en el presente Reglamento podrá presentar reclamaciones ante la autoridad de vigilancia del mercado pertinente.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1020, tales reclamaciones se tendrán en cuenta a la hora de llevar a cabo actividades de vigilancia del mercado y se tramitarán de conformidad con los procedimientos específicos establecidos con este fin por las autoridades de vigilancia del mercado.

85

Capítulo 10Confidencialidad y sanciones

Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de vigilancia del mercado

sancion

Artículo 85 — Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de vigilancia del mercado

Texto oficialEUR-Lex ↗

Sin perjuicio de otras vías administrativas o judiciales de recurso, toda persona física o jurídica que tenga motivos para considerar que se ha infringido lo dispuesto en el presente Reglamento podrá presentar reclamaciones ante la autoridad de vigilancia del mercado pertinente.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1020, tales reclamaciones se tendrán en cuenta a la hora de llevar a cabo actividades de vigilancia del mercado y se tramitarán de conformidad con los procedimientos específicos establecidos con este fin por las autoridades de vigilancia del mercado.