102

Capítulo 13 — Disposiciones finales

Modificación del Reglamento (CE) n.º 300/2008

Resumen

Modifica el Reglamento (CE) n.º 300/2008 para exigir que se tengan en cuenta los requisitos del capítulo III, sección 2, al regular equipos de seguridad con sistemas de IA.

Texto consolidadoEUR-Lex ↗

En el artículo 4, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 300/2008, se añade el párrafo siguiente:

«Al adoptar medidas detalladas relativas a las especificaciones técnicas y los procedimientos de aprobación y utilización del equipo de seguridad en relación con sistemas de inteligencia artificial en el sentido del Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1), se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento.

Fuente: "Ley de Inteligencia Artificial, Art. 102" · © Unión Europea · CC BY 4.0 · AI Act Service Desk · EUR-Lex

Versión consolidada a 27/07/2026: Reglamento (UE) 2024/1689, modificado por el Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital sobre IA). Solo los textos publicados en el Diario Oficial de la UE son auténticos.

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