Capítulo 6 — Medidas de apoyo a la innovación
Excepciones para operadores específicos
Resumen
Cierra el bloque de innovación con coordinación y seguimiento de medidas de apoyo.
1. Las microempresas en el sentido de la Recomendación 2003/361/CE podrán cumplir determinados elementos del sistema de gestión de la calidad exigido por el artículo 17 del presente Reglamento de manera simplificada, siempre que no tengan empresas asociadas o empresas vinculadas en el sentido de dicha Recomendación. A tal fin, la Comisión elaborará directrices sobre los elementos del sistema de gestión de la calidad que puedan cumplirse de manera simplificada teniendo en cuenta las necesidades de las microempresas sin que ello afecte al nivel de protección ni a la necesidad de cumplir los requisitos relativos a los sistemas de IA de alto riesgo.
2. El apartado 1 del presente artículo no se interpretará en el sentido de que exime a dichos operadores de cumplir cualquier otro requisito u obligación establecidos en el presente Reglamento, incluidos aquellos que figuran en los artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 72 y 73.
Fuente: "Ley de Inteligencia Artificial, Art. 63" · © Unión Europea · CC BY 4.0 · AI Act Service Desk · EUR-Lex
AICONTEXT es una plataforma privada que proporciona contexto educativo. No afiliada a la UE.

