64

Capítulo 7Gobernanza

Oficina de IA

Resumen

Crea el marco de gobernanza de la UE para la aplicación coherente del Reglamento.

Texto oficialEUR-Lex ↗

1. La Comisión desarrollará los conocimientos especializados y las capacidades de la Unión en el ámbito de la IA mediante la Oficina de IA.

2. Los Estados miembros facilitarán las tareas encomendadas a la Oficina de IA, que están reflejadas en el presente Reglamento.

Fuente: "Ley de Inteligencia Artificial, Art. 64" · © Unión Europea · CC BY 4.0 · AI Act Service Desk · EUR-Lex

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