64
Capítulo 7 — Gobernanza
Oficina de IA
Resumen
Crea el marco de gobernanza de la UE para la aplicación coherente del Reglamento.
Texto oficialEUR-Lex ↗
1. La Comisión desarrollará los conocimientos especializados y las capacidades de la Unión en el ámbito de la IA mediante la Oficina de IA.
2. Los Estados miembros facilitarán las tareas encomendadas a la Oficina de IA, que están reflejadas en el presente Reglamento.
Fuente: "Ley de Inteligencia Artificial, Art. 64" · © Unión Europea · CC BY 4.0 · AI Act Service Desk · EUR-Lex
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